El etiquetado de los productos alimenticios durante 15 años ha tenido su base legislativa en el Real Decreto 1334/1999 por el que se aprueba la Norma General de Etiquetado, Presentación y Publicidad de los productos alimenticios. A partir del 13 de diciembre de 2014, para la mayor parte de su contenido, resulta de aplicación el Reglamento (UE) Nº 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican una serie de disposiciones europeas relacionadas. No obstante, los productos que a la fecha indicada se encuentren etiquetados conforme a la legislación anterior, podrán seguirse vendiendo hasta agotar sus existencias.
Las principales cuestiones que han supuesto una novedad respecto a la anterior normativa son las siguientes:
Tamaño de letra:
Para facilitar la lectura de las etiquetas, el nuevo reglamento establece como tamaño mínimo de letra 1,2 mm, tomando como referencia la letra x.
Excepciones para pequeños envases:
- Envases cuya superficie mayor sea inferior a 80 cm2: el tamaño mínimo de letra podrá reducirse hasta 0,9 mm.
- Envases cuya superficie mayor sea inferior a 10 cm2 : la información obligatoria se limita a: la denominación del producto, los ingredientes o coadyuvantes que causen alergias o intolerancias, la cantidad neta y la fecha de duración mínima o de caducidad (La lista de ingredientes estará disponible para el comprador que lo solicite).
Menciones adicionales:
- Sustitución de ingredientes: cuando se sustituya un ingrediente utilizado habitualmente por otro componente, además de figurar éste en la lista de ingredientes, el etiquetado deberá contener una indicación clara del componente o ingrediente que ha sido utilizado en esa sustitución parcial o total.
- Para carnes, preparados cárnicos y productos de la pesca no transformados que:
- se vendan congelados: el etiquetado debe indicar la fecha de congelación o la fecha de la primera congelación cuando se haya congelado en más de una ocasión. Cuando estos productos se vendan descongelados, junto a la denominación del alimento figurará “Descongelado” (no es obligatorio indicarlo si se trata de ingredientes del producto o de una fase necesaria de la producción del alimento o si la descongelación no afecta a la seguridad ni a la calidad del producto).
- contengan más del 5% de agua añadida en el producto, la denominación del alimento deberá incluir una indicación del porcentaje de agua añadida.
- puedan dar la impresión de estar hechos de una pieza entera de carne o pescado, pero que en realidad consisten de diferentes piezas combinadas, llevarán la indicación “Elaborado a partir de piezas de carne” o “Elaborado a partir de piezas de pescado”.
- Para las carnes picadas que se comercialicen en el territorio UE, y sin perjuicio de cumplir otros requisitos específicos, deberá indicar “Porcentaje de grasa inferior a….” y “Relación colágeno/proteínas de la carne inferior a…” teniendo en cuenta los límites establecidos en la parte B del Anexo VI del Reglamento (UE) Nº 1169/2011 para los diferentes tipos de carnes picadas.
País de origen o lugar de procedencia:
La indicación del país de origen o lugar de procedencia, resulta obligatoria para las carnes frescas, refrigeradas o congelada de porcino, ovino, caprino y aves de corral.
Lista de ingredientes:
√ Los aceites refinados de origen vegetal, así como las grasas refinadas de origen vegetal, deben indicar el origen específico vegetal (oliva, girasol, soja, maíz, colza, palma, palmaste, coco,….). Cuando se trate de mezclas podrá ir seguido de la indicación “en proporción variable”.
√ Los aceites hidrogenados y grasas hidrogenadas, deberán indicar si están total o parcialmente hidrogenados.
√ Los ingredientes y coadyuvantes presentes en el producto final que puedan originar alergias o intolerancias, deben estar destacados claramente del resto de ingredientes, como por ejemplo mediante el tipo de letra (como puede ser la letra negrita), el estilo o el color del fondo. Cuando no haya lista de ingredientes el etiquetado incluirá “Contiene…” seguido del nombre de la sustancia o sustancias que sean susceptibles de ocasionar alergias o intolerancias.
Comentarios recientes