Teniendo siempre en cuenta la normativa vigente que en este caso se basa en el Reglamento 1169/2011, se va a llevar a cabo un análisis acerca de como distinguir de forma general, la información con la que se encuentra a la hora de realizar la compra semanal.
Según se indica en el reglamento, hay cierta información alimentaria obligatoria que se tiene que indicar al consumidor, y aquí vamos a desarrollar cada uno de estos puntos. Siempre tiene que estar disponible en el envase y ser fácilmente accesible.
En el envase del alimento debe constar:
1. Denominación del alimento
Es su denominación jurídica (denominación prescrita en las disposiciones de la UE), y a falta de esta, su denominación habitual (cualquier nombre que se acepte de manera que los consumidores no necesiten ninguna otra aclaración) o descriptiva del alimento (forma más habitual de encontrar que proporciona una descripción del alimento).
A modo de ejemplo para que sea más fácil de interpretar, se han seleccionado dos alimentos en los que vamos a desglosar cada uno de los apartados. Debajo de estas líneas, remarcado se puede ver la denominación de cada uno de ellos (`Tortitas con canela’ y ‘Champiñones (Agaricus bisporus) cultivados enteros. Categoría primera. Calibre medio’).
2. Lista de ingredientes
Siempre encabezada esta lista por la palabra ‘ingredientes’ como se puede ver en las imágenes. Se incluyen todos ellos en orden decreciente de peso. Como mención especial debido a su frecuencia, se omite dicho apartado en todos aquellos alimentos donde solo están constituidos por un ingrediente o categoría de ingredientes y su denominación de alimento sea idéntica al del ingrediente (ej: esto podría ser el caso de miel, leche…).
3. Todo ingrediente o coadyuvante tecnológico que cause alergias o intolerancias y que constituya el alimento. Los productos son:
Son los siguientes:
-
- Cereales que contengan gluten (trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas y productos derivados)
- Crustáceos y productos a base de crustáceos
- Huevos y productos a base de huevo
- Pescado y productos a base de pescado
- Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.
- Soja y productos a base de soja
- Leche y sus derivados (incluida la lactosa)
- Frutos de cáscara (almendras, avellanas, nueves, anacardos, pacanas, nueces de Brasil, alfóncigos, nueves macadamia o nueces de Australia y productos derivados)
- Apio y productos derivados
- Mostaza y productos derivados
- Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo
- Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a 10 mg/kg o 10mg/litro en términos de SO2 total, para los productos listos para el consumo o reconstituidos conforme a las instrucciones del fabricante
- Altramuces y productos a base de altramuces
- Moluscos y productos a base de moluscos
Siguiendo con los dos alimentos que se han seleccionado, en negrita se resalta los alérgenos que contiene en este caso las tortitas con canela. Se puede observar la ‘harina de trigo’, ‘yema de huevo’ y las posibles trazas de ‘leche’, ‘frutos de cáscara’, ‘soja’ y ‘sésamo’.
4. Cantidad de ingredientes
Es necesario indicar la cantidad de un ingrediente cuando:
- Figure en la denominación del alimento o el consumidor lo asocie normalmente con dicha denominación
- Cuando sea esencial para definir un alimento y para distinguirlo de los productos con los que se pudiera confundir
- Cuando se destaque en el etiquetado por medios de palabras, imágenes o representación gráfica.
Este punto último se puede ver representado con el alimento ‘tortitas con canela’ ya que en el listado de ingredientes se observa el porcentaje de aceite de girasol alto oleico y su respectivo porcentaje (24%) debido a que en la parte delantera del envase figura la imagen que se muestra a continuación.
5. Cantidad neta del alimento
La cantidad se expresa de forma habitual en litros, mililitros, kilogramos o gramos dependiendo del producto que se trate.
6. Fecha de duración mínima/ fecha de caducidad
- La fecha de duración mínima: es la fecha hasta la que el alimento conserva sus propiedades específicas cuando se almacena correctamente. Se indica de la siguiente manera: ‘consumir preferentemente antes del’/ ‘consumir preferentemente antes del fin de’. Se acompaña seguidamente de la propia fecha o del lugar del envase en el que se indica la fecha (día/mes/año si fuera preciso).
- La fecha de caducidad: después de dicha fecha el alimento no se considera seguro. Se indica del siguiente modo: precedida por ‘fecha de caducidad’ y acompañada de la propia fecha o de una referencia al lugar donde se indica la fecha en la etiqueta (como se muestra en la lata de champiñones).
7. Las condiciones especiales de conservación y/o utilización
Cuando los alimentos requieran unas condiciones específicas se indicarán. Del mismo modo, con el fin de permitir la conservación/utilización adecuadas una vez abierto el envase, se indica las condiciones de consumo.
8. País de origen o lugar de procedencia
El país de origen o lugar de procedencia es obligatorio indicarlo cuando su omisión pudiera inducir a error al consumidor en cuanto al país de origen o cuando se mencione el lugar de procedencia del alimento y este no sea el mismo que el de su ingrediente primario.
En algunos casos, los operadores pueden indicarlo voluntariamente la procedencia para llamar la atención del consumidor.
9. El nombre o razón social y la dirección del operador de la empresa alimentaria
Es el operador con cuyo nombre/razón social se comercialice el alimento (en caso de que no esté establecido en la UE, el importador del alimento al mercado UE). Se refleja la dirección de la empresa alimentaria.
10. Modo de empleo
El modo de empleo de un alimento debe indicarse de forma que permita un uso apropiado del alimento, en caso de que en ausencia de esta información fuera difícil hacer un uso adecuado del alimento
11. Información nutricional
Es obligatorio mencionar:
- Valor energético
- Cantidades de grasas (ácidos grasos saturados)
- Hidratos de carbono
- Azúcares
- Proteínas
- Sal
Se puede añadir además si lo desea el operador:
- Ácidos grasos monoinsaturados
- ácidos grasos poliinsaturados
- polialcoholes
- almidón
- fibra alimentaria
- vitaminas/minerales
12. Grado alcohólico
En caso de bebidas alcohólicas se tiene que especificar el grado alcohólico volumétrico adquirido cuando tenga más de un 1.2%.
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